PORTAL DE ACCESO Y CONEXIÓN A LA RED DE DISTRIBUCIÓN

 

Hemos puesto a su disposición este portal para que pueda presentar, gestionar e informarse sobre las solicitudes de acceso y conexión a nuestra red de distribución de forma ágil, segura y sencilla.

PUBLICACIÓN DE CAPACIDADES

 

Según el artículo 12 de la Circular 1/2021 de la CNMC la distribuidora ENERFRÍAS S.L.U. no tiene la obligación de publicar la capacidad en su punto frontera:

 

Artículo 12. Publicación de la información.

  1. En virtud de lo previsto en el artículo 33.9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 5.4 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, los gestores de las redes de transporte y distribución deberán mantener un registro en relación con las subestaciones que operan, en cada una de sus barras de tensión superior a 1 kV y publicar en su página web la siguiente información relativa a cada una de dichas barras:

 

El cálculo se realizará de modo detallado para cada solicitud de conexión.

ENERFRÍAS
TELÉFONO: 646 696 352       Averías: 900 37 34 09

Atención al Consumidor

ATENCIÓN AL CONSUMIDOR

Por correo electrónico: enerfrias@enerfrias.com

Por correo postal y en nuestras oficinas ubicadas en:
Plaza Ayuntamiento, 1
CP 09211, Frías (Burgos)

Telefónicamente en el número: 646 696 352

TU CONSUMO

Tu consumo

Si eres cliente de Enerfrías, puedes consultar tu consumo a través de nuestra Plataforma.

Para poder darse de alta en la Plataforma debe tener un correo electrónico informado en la distribuidora. Si la distribuidora aún no dispone de ese dato comuníquelo junto con su DNI

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PROTECCIÓN DE DATOS

Ya puede consultar  a través de esta web nuestra política de privacidad y ley de protección de datos vigente según el Reglamento Europeo de Protección de Datos y la ley Orgánica 3/2018, de 05 de Diciembre de Protección de Datos personales y Garantía de Derechos Digitales.

Protección de datos

PREGUNTAS FRECUENTES

Quiero cambiar la potencia contratada, ¿Qué debo hacer?

Para modificar las condiciones de contratación de su suministro, deberá contactar con su comercializador. En su factura de luz dispondrá de un teléfono de atención al cliente.

¿Debo pagar por aumentar o bajar la potencia de mi suministro?

Sí. Los cambios de potencia siempre se pagan, tanto si es para aumentarla como si es para bajarla. Por eso, siempre aconsejamos que realices un cambio de potencia cuando estés seguro de cuál es la adecuada para el punto de suministro deseado. Aunque a simple vista podamos hacer nosotros mismos el cálculo, lo mejor es contar con la opinión previa de un electricista.

Las distribuidoras tienen un plazo legal de entre 10 y 15 días para efectuar el cambio solicitado. Esto no significa que pueda efectuarse antes de este plazo, sino que no es inmediato.

¿Debo pagar por dar de alta un nuevo punto de suministro?

Sí. Como indica la CNMC (Guía informativa para los consumidores de electricidad, 2017), dar de alta de un nuevo punto de suministro, como sería el caso de las viviendas nuevas, conlleva como regla general que:

“El cliente debe establecer un nuevo contrato.
Deberá abonar los derechos de acometida, es decir, deberá abonar tanto los derechos de extensión como los derechos de acceso a red.
Deberá abonar los derechos de enganche, verificación y actuación en equipos de medida”.

¿Por qué y a quién pago por dar de alta un nuevo punto de suministro?

Los costes por dar de alta un nuevo punto de suministro son abonados a la distribuidora que te corresponde por zona, según indica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, publicada en el BOE núm. 285:

“Tendrá la consideración de derechos de acometida la contraprestación económica que debe ser abonada a la empresa distribuidora por la realización del conjunto de actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro o para la ampliación de uno ya existente”.

Además, como recoge la CNMC en el anterior informe citado, “los derechos de acometida, así como de los derechos de enganche, verificación y actuación en equipos de medida, son conceptos regulados y tienen consideración general y única en todo el territorio”.

Las distribuidoras tienen un plazo legal de entre 10 y 15 días para efectuar el alta del punto de suministro. Esto no significa que pueda efectuarse antes de este plazo, sino que el alta no es inmediata.

¿Cuánto debo pagar por dar de alta un nuevo punto de suministro?

Los costes que cobra la distribuidora en concepto de derechos de acometida son los siguientes:

1- Derechos de enganche: 9,04 €.

2- Derechos de acceso: 19,70 € x nº de kW solicitado.

3- Derechos de extensión: 17,37 € x nº de kW solicitado (excepto si el suministro se ha dado de baja hace menos de tres años).

4 – Derechos de actuación de equipos: 9,04 €.

*A la suma de estos costes habrá que sumarle el IVA.

No tengo luz en la vivienda, ¿Qué puedo hacer?

Si su instalación ha superado la potencia contratada, probablemente al conectar un aparato de elevado consumo, el contador actuará como el antiguo ICP (Interruptor de Control de Potencia). Apague o desconecte los aparatos que han podido causar la sobrecarga, baje el interruptor general de su instalación y pasados entre 5 y 10 segundos vuelva a subirlo. Pasados unos segundos el ICP interno del contador se cerrará automáticamente y volverá a tener servicio.

Zona de Distribución

Enerfrías distribuye en la zona

de Frías, en Burgos, España.

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De conformidad con las normativas de protección de datos, le facilitamos la siguiente información del tratamiento: Responsable: ENERFRÍAS Fines del tratamiento: mejora del servicio prestado al cliente poniendo a su disposición datos personales de contratos, medidas y suministros eléctricos, mediante el alta del mismo en la Plataforma de Usuario de la Red. Derechos que le asisten: acceso, rectificación, portabilidad, supresión, limitación y oposición.
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Plaza Ayuntamiento 1,  CP 09211, Frías (Burgos).

Teléfono: 947 358 761

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